viernes, 26 de marzo de 2010

Resultados de mediaciones familiares en Tarapacá superan la media nacional


Un positivo balance realizaron las entidades pertinentes en materia de Justicia de Familia, específicamente lo relacionado con los procedimientos de Mediación Familiar, donde nuestra región presenta un 53 por ciento de acuerdos, indicador que está sobre la media nacional.

En reunión sostenida en dependencias de la seremía de Justicia, representantes del Tribunal de Familia, Tribunal de Letras de Pozo Almonte, del Centro de Mediación Familiar de la Cordunap y del departamento de Asistencia Jurídica del Ministerio de Justicia, revisaron las estadísticas del primer semestre de funcionamiento de la mediación obligatoria en nuestra región y concordaron en que los buenos indicadores reflejan el excelente trabajo de coordinación realizado por los diversos organismos.

Desde junio de 2009 que se encuentra en funcionamiento en Tarapacá este procedimiento, gratuito y obligatorio, para las materias de Alimentos; Cuidado Personal y Relación Directa y Regular. Consiste en una instancia de diálogo, donde las partes –con ayuda de un profesional mediador- logran un acuerdo a su medida, en beneficio de los hijos de la pareja, el que tendrá un carácter de sentencia. De no llegar a acuerdo, el procedimiento sigue de la manera tradicional, con un juicio ante Tribunales de Familia.

El porcentaje de acuerdos considera las causas donde se ha realizado al menos una sesión, pues en nuestra región otro indicador que lamentablemente supera la media nacional, es el de mediaciones frustradas por la no presentación de una de las partes (Tarapacá 42%, promedio nacional 30%). Lo anterior obedece a particularidades propias de nuestra región, conforme lo explicó la jefa del departamento de Asistencia Jurídica del Ministerio de Justicia, Daniela Báez, quien fundamentó este fenómeno en la gran cantidad de población flotante, el alto porcentaje de ciudadanos privados de libertad y las diversas situaciones generadas a raíz del consumo de drogas, que impiden la realización de al menos una sesión en presencia de ambas partes.