Con la prueba rendida por la Fiscalía de Iquique, el Tribunal Oral en lo Penal resolvió condenar a cinco ciudadanos chilenos y un ciudadano peruano como autores del tráfico de 1 kilo de clorhidrato de cocaína.
De acuerdo a lo probado en el juicio oral, el 24 de septiembre del año pasado, por información proporcionada por la Central de Comunicaciones, Carabineros se constituyó en el sector de la playa El Morro, observando que a un costado de un vehículo jeep Mitsubishi, modelo Pajero, el acusado Victor Rojas Astorga (29 años) apuntaba con un arma, que posteriormente se comprobó era de fogueo, al imputado Severo Mamani Aduviri (42 años, peruano), que se encontraba en el suelo.
Al interior del vehículo, en la posición de conductor, se encontraba Philips Hurtado Videla (20 años), como copiloto Rodolfo Muñoz Otárola (23 años), y fuera de éste estaba Nicolás Barco Barco (21 años) y Juan Bruna Barrios (27 años). Al divisar la presencia policial, Rojas Astorga arrojó el arma dentro del vehículo y huyó del lugar, siendo posteriormente capturado en el interior de una casa ubicada en las cercanías, y el resto de los acusados detenidos en el instante.
Revisado el vehículo se encontró la pistola de fantasía que portaba Víctor Rojas y un revólver marca Famae calibre 32. La policía logró incautar, además, entre los asientos del jeep una mochila que contenía una balanza, 70 ovoides contenedores de 981 gramos de clorhidrato de cocaína y un trozo de la misma sustancia en estado sólido con un peso de 18 gramos, droga que iba a ser vendida por Mamani Aduviri y Juan Bruna Barrios al resto de los acusados, cuyo real propósito era sustraerla al primero.
En el juicio oral, el fiscal Ricardo Thompson presentó los testimonios de los funcionarios de Carabineros que participaron en el procedimiento y el informe pericial del Instituto de Salud Pública que confirmó la identidad de la sustancia incautada.
Terminado el juicio, el Tribunal resolvió condenar a todos los acusados chilenos a las penas de 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, como autores del delito de tráfico ilícito de estupefacientes.
En tanto, el acusado Mamani Aduviri fue condenado a la pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo, considerando que le beneficiaban las atenuantes de colaboración sustancial en el esclarecimiento de los hechos y la irreprochable conducta anterior.
Todos los condenados deberán cumplir las penas en forma efectiva.