La autoridad
regional del Trabajo y Previsión Social, Karen Pérez Varas, informó que la
deuda por concepto de cotizaciones previsionales de Marco asciende a 1.725
millones 726 mil pesos, monto que se habría acumulado durante diez años de no
pago por parte de la empresa.
Una
denuncia por delito de apropiación indebida fue lo que ayer la seremi del
Trabajo y Previsión Social en Tarapacá, Karen Pérez Varas, interpuso en contra
del representante de Astilleros Marco, en la Fiscalía Regional. Esto, después
de solicitar un Informe Laboral Previsional de la empresa en cuestión –la cual
actualmente se encuentra en liquidación- y constatar la declaración, pero no
pago de cotizaciones de al menos 115 trabajadores durante diez años.
“Verificamos
una deuda, por concepto de cotizaciones previsionales, que asciende a 1.723 millones
725 mil 610 pesos. Este hecho está sancionado en el artículo 13, Ley 17.322, y
es obligación de los funcionarios públicos denunciarlo para ponerlo en
conocimiento de las autoridades competentes de situaciones que revistan
caracteres de delitos”, señaló Pérez Varas.
Además,
la seremi precisó que “nosotros, como Secretaría Regional Ministerial del
Trabajo, tomamos conocimiento de la situación de boca de los trabajadores,
mediante las reuniones que mantuvimos con ellos a lo largo de este mes. Cabe
señalar que nuestra Secretaría no tiene facultades de fiscalización. Esta
facultad sólo radica en la Dirección del Trabajo, organismo que, a su vez,
tiene competencia fiscalizadora sólo en la declaración de las imposiciones, no
del pago, asunto que le corresponde denunciar a las propias AFPs y no a los
órganos del Estado”, explicó.
“Es
necesario precisar que los montos previsionales son de total dominio de los
trabajadores. El rol del empleador es de mera tenencia de estos montos y debe
ser el empleador quien se encargue de declararlos y pagarlos”, recordó Pérez
Varas, quien también manifestó que la pena que arriesgan los empleadores que
cometen el delito de declarar, pero no pagar las cotizaciones es de presidio
menor en su grado máximo, es decir, de 3 años y un día a 5 años de cárcel,
según lo que establece el Código Penal.