La normativa entró en vigencia el 9 de octubre de
2014 y más de 700 personas se han acercado a la oficina de la SIR regional a
solicitar información sobre los nuevos procedimientos, siendo la mayor parte de
las consultas relativas al procedimiento de Renegociación que se lleva a cabo
ante la Superintendencia.
La Coordinadora Regional de la
Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento- SIR, Paulina Ávila Vergara,
realizó un positivo balance de los primeros 6 meses de funcionamiento de la ley
que permite a las personas y empresas enfrentar una situación de insolvencia.
Detalló que a la fecha más de 700 personas
han concurrido a la oficina de la SIR – ubicada en Bolívar N° 202 Of. 1405. Edificio Finanzas, Iquique- solicitando
información en relación a los nuevos procedimientos concursales.
La profesional señaló que “existe un
alto interés y buena recepción por parte de la ciudadanía que se ha manifestado
a través de la concurrencia a las oficinas de la SIR”. Añadió que “esto
demuestra que esta ley se está traduciendo en una herramienta útil, para
personas como para empresas”.
Asimismo manifestó su satisfacción del
balance de los primeros meses y señaló que “una de las principales novedades de la ley es la renegociación de la persona
deudora, que consiste en un procedimiento administrativo y gratuito, que
permite la solución al sobreendeudamiento o insolvencia, sobre la base de
acuerdos con sus acreedores, actuando la Superintendencia como facilitadora.
Por ello, hacemos un llamado para que se informen de los requisitos y puedan
aprovechar los beneficios de esta ley para renegociar sus deudas”.
Respecto a los procedimientos de renegociación -en
los que la Superintendencia actúa como facilitadora de acuerdos entre el deudor
y sus acreedores-, se han presentado 30
solicitudes de Renegociación. De estas solicitudes a la fecha 17 han sido declaradas admisibles.
Los requisitos para acceder a este
procedimiento son: tener dos o más deudas vencidas por más de 90 días
corridos, y que en total sumen más de 80 U.F. ($1,9
millón) y no haber sido notificada de una demanda de Liquidación Forzosa o
de cualquier otro juicio ejecutivo iniciado en su contra.
Es importante tener presente que los procedimientos que culminan exitosamente
son aquellos en que el deudor
tiene una intención real y seria de cumplir con sus obligaciones, para
lo cual debe declarar con transparencia su situación financiera, especificando
las deudas contraídas y los bienes que posee y ajustar su propuesta de
renegociación a su real capacidad de pago.
Cabe destacar que 9 procedimientos de
Renegociación han terminado exitosamente, lo que significa que las personas que
pudieron renegociar sus obligaciones están en condiciones de solicitar la
modificación o eliminación del registro de sus deudas renegociadas o
extinguidas al Boletín Comercial o DICOM.
En lo que respecta a los procedimientos
judiciales, se encuentran en tramitación 2 procedimientos, ambas
correspondientes a liquidaciones de Empresas Deudora.
Finalmente, manifestó que continuará
trabajando para fortalecer su presencia en la
región y atender las diversas inquietudes que formulen los usuarios,
invitando a la ciudadanía a informarse a través de su página web www.superir.gob.cl