viernes, 8 de mayo de 2015

Positivo balance de la Ley de Insolvencia y Reemprendimiento en región de Tarapacá



La normativa entró en vigencia el 9 de octubre de 2014 y más de 700 personas se han acercado a la oficina de la SIR regional a solicitar información sobre los nuevos procedimientos, siendo la mayor parte de las consultas relativas al procedimiento de Renegociación que se lleva a cabo ante la Superintendencia.

La Coordinadora Regional de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento- SIR, Paulina Ávila Vergara, realizó un positivo balance de los primeros 6 meses de funcionamiento de la ley que permite a las personas y empresas enfrentar una situación de insolvencia.

Detalló que a la fecha más de 700 personas han concurrido a la oficina de la SIR – ubicada en Bolívar N° 202 Of. 1405. Edificio Finanzas, Iquique- solicitando información en relación a los nuevos procedimientos concursales.

La profesional señaló que “existe un alto interés y buena recepción por parte de la ciudadanía que se ha manifestado a través de la concurrencia a las oficinas de la SIR”. Añadió que “esto demuestra que esta ley se está traduciendo en una herramienta útil, para personas como para empresas”.

Asimismo manifestó su satisfacción del balance de los primeros meses y señaló que “una de las principales novedades de la ley es la renegociación de la persona deudora, que consiste en un procedimiento administrativo y gratuito, que permite la solución al sobreendeudamiento o insolvencia, sobre la base de acuerdos con sus acreedores, actuando la Superintendencia como facilitadora. Por ello, hacemos un llamado para que se informen de los requisitos y puedan aprovechar los beneficios de esta ley para renegociar sus deudas”.
  
Respecto a los procedimientos de renegociación -en los que la Superintendencia actúa como facilitadora de acuerdos entre el deudor y sus acreedores-, se han presentado 30 solicitudes de Renegociación. De estas solicitudes a la fecha 17 han sido declaradas admisibles.

Los requisitos para acceder a este procedimiento son: tener dos o más deudas vencidas por más de 90 días corridos, y que en total sumen más de 80 U.F. ($1,9 millón) y no haber sido notificada de una demanda de Liquidación Forzosa o de cualquier otro juicio ejecutivo iniciado en su contra.

Es importante tener presente que los procedimientos que culminan exitosamente son aquellos en que el deudor tiene una intención real y seria de cumplir con sus obligaciones, para lo cual debe declarar con transparencia su situación financiera, especificando las deudas contraídas y los bienes que posee y ajustar su propuesta de renegociación a su real capacidad de pago.

Cabe destacar que 9 procedimientos de Renegociación han terminado exitosamente, lo que significa que las personas que pudieron renegociar sus obligaciones están en condiciones de solicitar la modificación o eliminación del registro de sus deudas renegociadas o extinguidas al Boletín Comercial o DICOM.

En lo que respecta a los procedimientos judiciales, se encuentran en tramitación 2 procedimientos, ambas correspondientes a liquidaciones de Empresas Deudora.

Finalmente, manifestó que continuará trabajando para fortalecer su presencia en la  región y atender las diversas inquietudes que formulen los usuarios, invitando a la ciudadanía a informarse a través de su página web www.superir.gob.cl