miércoles, 13 de julio de 2011

Corte Suprema rechaza recurso de protección y falla a favor de Cormudesi


Desde la Corte Suprema se ratificó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de rechazar el recurso de protección interpuesto por los funcionarios públicos de la asociación de funcionarios de consultorios y clínicas municipales de atención primaria de la salud de la CORMUDESI.

Esto en el marco de los descuentos realizados a funcionarios de la salud tras las manifestaciones y paros convocados los días 30 de noviembre, 1,7,14 y 15 de diciembre de 2010.

Estos descuentos, según la resolución de la máxima magistratura del país, fueron ajustados a derecho de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 82 de la ley nº 18.883, el que prohíbe a los funcionarios dirigir, promover o participar en huelgas, interrupciones o paralización de actividades. Por tanto, la negativa a acatar estas disposiciones se traduce en que, por el tiempo durante el cual no se hubiere trabajado, no podrán recibir remuneración.

Debemos recordar que este recurso se interpuso en la Corte de Apelaciones el día 28 de febrero y que tras investigar, el 31 de marzo de 2011 la sala resolvió rechazar esta medida, por lo que el abogado representante de los 195 funcionarios sancionados Jaime Hip Hidalgo resuelve enviar el caso a la máxima instancia en Santiago.

Respecto a la resolución de la Corte Suprema emanada la tarde de este miércoles, ésta ratifica lo indicado por la instancia anterior solo con un voto en contra del Ministro Haroldo Brito.

Por su parte la abogada jefa del Departamento Jurídico de la CORMUDESI Lilian Plaza se mostró satisfecha con la resolución de la Corte Suprema, indicando que “con esto, se demuestra que la Corporación solo se ajustó a derecho respecto de los descuentos y que a muchos funcionarios se les descontaron menos días , incluso horas por lo que la medida solo ratifica la buena fe del organismo municipal”.