martes, 19 de julio de 2011

Sernac presenta demanda colectiva contra Presto por mantener deudas renegociadas en Dicom

El SERNAC decidió presentar una demanda colectiva contra la empresa Presto por mantener a los consumidores que repactan su deuda en DICOM basada en una cláusula del documento que se les hace firmar al reprogramar.

Dicha cláusula señala: “acepto que la suscripción de este documento no hace cesar la mora por lo que no conlleva la eliminación de mis antecedentes comerciales y/o financieros sino hasta el pago de la última cuota”. Es decir, aunque el cliente reprograme la deuda y esté al día, se le mantiene en DICOM hasta que pague el total.

El Director del SERNAC, Juan Antonio Peribonio explica que cuando una deuda se repacta, rigen nuevas condiciones y plazos, por lo que no se justifica que se mantenga al consumidor en ningún registro de morosidad. “La repactación es un nuevo comienzo. La empresa no puede obligar al consumidor a que renuncie a ese derecho y mantenerlo en DICOM hasta la última cuota. Si un consumidor ha hecho el esfuerzo de pagar y estar al día en su deuda repactada, no debe estar en DICOM”.

No obstante, aclara que este caso es distinto a lo ocurrido con La Polar, pues se trata de repactaciones consentidas e informadas a los consumidores donde la infracción está en mantenerlos en Dicom pese a tener la deuda repactada y al día.

Antecedentes

El SERNAC ha recibido cerca de 80 reclamos contra Presto de consumidores que han repactado y están al día, pero se mantienen en DICOM y casi 50 quejas de personas que han pagado toda su deuda y siguen en el registro, no obstante, los afectados serían miles según la misma empresa.

Por eso, el Servicio formalizó sus exigencias a través de un oficio enviado a PRESTO el 5 de julio pasado y realizó una mesa de trabajo en la que requirió los antecedentes del caso así como:

• La eliminación del documento
• Que se detenga inmediatamente esta práctica
• Se saque a los consumidores que están al día en DICOM y a quienes tienen su deuda pagada
• Compensar adecuadamente el daño causado a todos los afectados por esta práctica incluyendo aquellos que hoy pueden estar morosos pero en algún momento estuvieron al día y se mantuvieron en DICOM

El 15 de julio, la empresa entregó los antecedentes e informó que eliminará el documento y retirará de DICOM a los que actualmente están al día pagando la repactación. Sin embargo, nada manifiesta respecto a las indemnizaciones por los daños que sufrieron todos los que han estado en esta situación y que la empresa ha informado que se trata de miles de clientes.

Conclusiones

Pese a los avances con la empresa, el SERNAC decidió presentar la demanda colectiva principalmente porque:

• Los reclamos que ha recibido el SERNAC son superados con creces por los reales afectados.
• La empresa no manifestó intención de compensar justa y adecuadamente a todos los consumidores por los daños causados.
• La naturaleza de la infracción hace necesario que sean los tribunales quienes determinen el monto de una compensación justa y adecuada.
• Mantener a los consumidores en DICOM atenta contra la Ley del Consumidor por lo que la infracción debe ser sancionada para que estas prácticas no se vuelvan a repetir.

La acción colectiva tiene alcance para todos los afectados, hayan o no interpuesto un reclamo en el SERNAC.

Peribonio señala que el respeto a la deuda repactada es muy importante pues “sabemos que cuando los consumidores están en DICOM, arrastran una etiqueta que les cierra la puerta al crédito para acceder a una vivienda o a opciones de trabajo. Será el tribunal quien deberá valorar el costo de ese daño. La repactación es un ofrecimiento voluntario de las empresas pero eso no significa que pueden pasar por sobre los derechos del consumidor”.

Concluye indicando que “estamos monitoreando de cerca todo el mercado. Las empresas hoy más que nunca deberán recuperar la confianza de los consumidores respetando la Ley. No descansaremos hasta erradicar las malas prácticas de raíz”.